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Registros ambientales necesitan proceso de participación ciudadana

Registros ambientales necesitan proceso de participación ciudadana

El Acuerdo Ministerial 109 (02 de octubre de 2018) que reforma al Acuerdo Ministerial 061 del Ministerio del Ambiente, en su Art. 16 sustituye el capítulo V de la Participación Social, incorporando un Proceso de Participación Ciudadana para proyectos, obras o actividades de impacto bajo (Registros Ambientales).

La nueva normativa propone como parte del proceso informativo, mecanismos específicos que se deben considerar, así como el tipo de convocatoria que hay que realizar; y, el informe de sistematización. Importante mencionar que en el caso de que la Autoridad Ambiental Competente determine que el proceso requiere la presencia de facilitador ambiental, dispondrá la presencia del mismo.

A.M. 109 – REFORMA AL A.M. 061

 

Un comentario en “Registros ambientales necesitan proceso de participación ciudadana

  1. Sin embargo, para promover un buen ejercicio de participacion ciudadana es importante incluir a la poblacion infantil, debido a que esta fomenta valores de convivencia y dialogo libre al entorno donde se desarrolla, promoviendo valores de equidad, respeto y tolerancia en la sociedad adulta. De esta forma, se convierte en un habito que debe desarrollarse a lo largo de nuestra vida para contribuir a la accion social. Por ejemplo: En los ultimos anos Chile ha incentivado la participacion infantil desde procesos participativos utilizados como insumo para el diseno de la Politica Nacional de Infancia

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