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Acuerdo Ministerial 061 Libro VI TULSMA

Acuerdo Ministerial 061 Libro VI TULSMA

El 7 de abril de 2015, el Ministerio del Ambiente publicó el Acuerdo Ministerial Nº 061 que reforma el Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. Por la importancia de este documento para quienes trabajamos en Calidad Ambiental, INSIGMA Cía Ltda pone a disposición del público en general el contenido del mismo para consultas.

Acuerdo_Ministerial_061

13 comentarios en “Acuerdo Ministerial 061 Libro VI TULSMA

    1. Estimado/a usuario/a:
      Muchas gracias por escribir. Lastimosamente no tenemos realizado un análisis formal de las modificaciones entre los dos acuerdos ministeriales, sin embargo entre los cambios más grandes esta la reducción del número de categorías de cuatro a dos. Actualmente con la última reforma del SUIA (Sistema Único de Información Ambiental) del Ministerio del Ambiente, usted tiene dos opciones: el Registro Ambiental y la Licencia Ambiental. Por tanto, se reorganizaron las actividades que anteriormente se estipulaban en el Acuerdo Ministerial 028. El Registro Ambiental puede ser ahora realizado directamente en línea en la plataforma del SUIA y no es necesario la contratación de un consultor calificado por el Ministerio del Ambiente.

      Espero que lo aquí descrito le pueda ser de utilidad

  1. Buenas noche, si me ayuda por favor en que capítulo de este nuevo acuerdo encuentro las tablas de parámetros de contaminación o en donde ubico los anexos de los cuales me habla el acurdo 061

  2. Sres. Soy un emprendedor y hago operaciones de prevencion y manejos de residuos organico provenientes de granjas y fabricas de productos lacteos. Yo necesito me ayude disponga el; libro vI del TULSMA, anexo 1 – donde indique la tabla para regular la calidad de aguas.

    necesito de urgencia.

  3. Estimados:
    Con respecto a las tablas de los criterios de Calidad del agua estas se mantendrían..? porque en la actual reforma no aparecen..

  4. Una consulta. Como queda el tema de los anexos? En el acuerdo 061 nombra los anexos. Pero cuales son… Los detallados en el acuerdo 028?

    Gracias

  5. Saludos cordiales,
    Me gustaría conocer si en el acuerdo ministerial 061 del libro VI TULSMA considera que el otorgamiento de licencias ambientales es para categoria II y si se lleva un Plan de Manejo Ambiental. O si se mantiene las mismas categorías de las actividades conforme al acuerdo ministerial 028. Gracias.

    1. Estimado,

      Le comento que en el Acuerdo Ministerial 061 del libro VI del TULSMA ya no considera las categorías I, II, III y IV. En este acuerdo se consideran tres categorías: Certificado, Registro y Licencia Ambiental (con y sin facilitador). En el caso de los proyectos que antes se consideraban categoría II actualmente podría estar en la categoría de certificado o registro ambiental. Para saber que debe hacer y en que categoría está un proyecto, le recomiendo visitar la página web del SUIA y en la pestaña de servicio en línea encontrará el catálogo digital de actividades, en donde usted coloca la actividad y el sistema le clasifica directamente. Espero le sirva la respuesta. Saludos

  6. Estimados: mI consulta es la siguiente:que pruebas puedo realizar a los desechos líquidos como sangre total, plasmas, plaquetas, crios y desechos líquidos resultantes de las máquinas de proceso y analisis de sangre, para estos ser eliminados en la alcantarilla sin causar contaminación. Gracias

    1. Estimado Sr. Perez,

      Muchas gracias por su mensaje. Le comento que los desechos que usted menciona tales como sangre total, plasmas, plaquetas, crios y desechos líquidos resultantes de las máquinas de proceso y análisis de sangre son considerados materiales peligrosos por el riesgo de afectación a la salud humana, los recursos naturales y el ambiente (vea art. 79 del AC 061). Al clasificarse de esa manera, no puede eliminarlas por el alcantarillado, en estos casos se debe hacer un tratamiento y disposición final especializado.

      Por ejemplo, en el cantón Cuenca, es la Empresa Pública Municipal EMAC EP la competente del tratamiento y la disposición final de estos materiales, utilizando una planta de esterilización especializada. Si usted está en el cantón Cuenca, para mayor información, le recomiendo contactarse con ellos para que le informen el proceso de almanemiento que debe tener para que ellos retiren el material de la Cruz Roja.

      En otros lugares del país, se deberá revisar la competencia de acuerdo a la normativa ambiental vigente. En algunos casos son los hospitales públicos los que se encargan de la disposición final por medio de la incineración.

      Espero que le haya servido mis comentarios

      Saludos cordiales

      Carlos Cabrera

  7. Buenas

    Que tiempo has dedicado a tremendo a porte y hay muchas información que no conocía que me has enseñado, esta maravilloso..
    te quería corresponder el tiempo que dedicaste, con unas infinitas gracias,
    por preparar a personas como yo jejeje.

    Besos

  8. Buenas

    Estuve leyendo tu artículo y hay demasiadas información que no conocía que me has enseñado, esta genial..

    te quería devolver el espacio que dedicaste, con unas infinitas gracias, por aconsejar a personas como yo jujuju.

    Besos

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